Todavía existen muchas fincas en la que se cuenta con una vivienda integrada para el portero de la comunidad. Generalmente, cuando este se jubila, la comunidad opta por otras alternativas que nada tienen que ver con la implicación de esta figura en la finca. Y entonces sucede la pregunta de qué hacer con la vivienda destinada a este uso…

La vivienda del portero es un elemento común de la comunidad de propietarios, por tanto cualquier decisión en torno a ella deberá acordarse en la junta de propietarios. En función a lo que se dice en la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 17 LPH se necesita conseguir mayoría para que una iniciativa salga adelante: unanimidad, mayoría cualificada, o mayoría simple

Si lo que efectivamente se quiere es la supresión del servicio de portería, antes de nada se requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representan las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Una vez que se haya confirmado efectivamente la supresión del servicio de portería, habrá que plantear en junta qué hacer con esa vivienda espacio de la comunidad.

¿Qué hacer con la vivienda del portero cuando este se jubila y se suprime el servicio de portería?

– Arrendamiento:

Una opción es el arrendamiento. Esta opción necesita el apoyo de la mayoría de tres quintos de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación para salir adelante.

Si se optase por esta opción no se necesitaría el voto unánime de los propietarios porque el arrendamiento no implica la desafección del espacio, que como no, seguirá siendo propiedad de la comunidad y no se convertiría en privativo de ninguno de sus miembros, ni de un tercero.

– Venta

La venta es otra de las opciones que se pueden plantear en la comunidad de vecinos. Esta opción sí supone la desafección de uno de los elementos comunes de la finca, ya que el espacio pasará a ser un elemento común privativo de quien lo compre. Esta decisión deberá tomarse por tanto, por unanimidad. Esto es así porque afectará al título constitutivo y deberán modificarse las cuotas de participación.

– Utilización del espacio para uso común

Una opción podría ser utilizar el espacio para el uso común de todos los vecinos. Una opción podría ser la construcción de trasteros para que pudiesen ser adquiridos privativamente. En este caso estaríamos ante una alteración del título constitutivo. El elemento común dejaría de serlo. Si fuesen los propios vecinos quienes comprasen estos trasteros sus coeficientes de propiedad individual se incrementarían y por tanto esta medida tendría que ser aprobada por unanimidad.

Como ya habrás podido comprobar hay diferentes opciones una vez se decide suprimir el servicio de portería del edificio. Lo mejor si lo que se quiere es tomar la decisión correcta según cada caso y finca, es contar con un administrador de fincas colegiado en Alicante que asesore acerca de las diferentes alternativas.