
Cómo cumplir con las normas de accesibilidad en portales de comunidades de propietarios
La accesibilidad en los edificios residenciales no es solo una cuestión legal, sino también de sentido común y convivencia. Cada vez más comunidades de propietarios en España se enfrentan al reto de adaptar sus portales y zonas comunes a las normas de accesibilidad. ¿Pero qué significa exactamente cumplir con esas normas? ¿Cuándo es obligatorio? ¿Qué obras suelen implicar? Desde nuestra administración de comunidades de propietarios, NVFINCAS en Alicante te lo contamos todo con un enfoque claro y práctico.
¿Qué es la accesibilidad en portales?
La accesibilidad consiste en garantizar que todas las personas, independientemente de su edad o discapacidad, puedan acceder y moverse por un edificio en igualdad de condiciones. En el caso de las comunidades de vecinos, esto implica eliminar o reducir barreras físicas en los portales, entradas, ascensores, escaleras o pasillos comunes.
Esto no solo favorece a personas con movilidad reducida, sino también a mayores, familias con carritos de bebé o personas que han sufrido una lesión temporal. Un portal accesible mejora la calidad de vida de todos los residentes.
¿Qué normas regulan la accesibilidad en portales?
En España, las principales normas que regulan la accesibilidad en comunidades de propietarios son:
- La Ley de Propiedad Horizontal (LPH): Establece la obligación de realizar obras de accesibilidad cuando lo soliciten personas con discapacidad o mayores de 70 años, siempre que el coste no supere 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes.
- El Código Técnico de la Edificación (CTE): Específicamente, el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA), que fija las condiciones mínimas que deben cumplir los edificios nuevos y rehabilitados.
- Normativas autonómicas o municipales: Algunas comunidades autónomas pueden establecer requisitos más concretos o ayudas para este tipo de actuaciones.
¿Cuándo está obligada una comunidad de vecinos a actuar?
Una comunidad de propietarios debe realizar las obras necesarias para garantizar la accesibilidad en los siguientes casos:
- Cuando lo solicite un propietario o inquilino con discapacidad, o una persona mayor de 70 años que viva en el edificio.
- Si las obras no suponen un gasto anual superior a 12 mensualidades ordinarias, salvo que haya subvenciones que cubran el exceso.
- Cuando el edificio se somete a rehabilitación importante o cambios en zonas comunes, debiendo aprovechar la ocasión para mejorar la accesibilidad.
En cualquiera de estos casos, la comunidad no puede negarse a realizar las obras si se cumplen los requisitos económicos y legales.
¿Qué mejoras son habituales para cumplir las normas de accesibilidad?
La adaptación del portal puede implicar una o varias de las siguientes actuaciones:
- Eliminación de escalones en la entrada mediante rampas o plataformas elevadoras.
- Sustitución de puertas pesadas por puertas automáticas o más ligeras.
- Instalación de ascensores o adaptación de los existentes (por ejemplo, ampliando la cabina o bajando el acceso a cota cero).
- Señalización adecuada y timbres accesibles.
- Adecuación del ancho de pasillos o acceso a zonas comunes.
¿Qué pasa si no se cumplen las normas de accesibilidad?
Incumplir con las obligaciones legales puede tener consecuencias para la comunidad de propietarios:
- Reclamaciones legales de vecinos afectados o familiares.
- Sanciones por parte de la administración si se vulneran los derechos de las personas con discapacidad.
- Pérdida de valor del inmueble, al no adaptarse a las exigencias actuales del mercado.
Además, una comunidad poco accesible puede generar malestar entre los vecinos y una convivencia difícil si no se toman medidas a tiempo.
¿Qué pasos debe seguir una comunidad para adaptarse?
- Estudio de accesibilidad: lo ideal es contar con un profesional técnico que realice un informe sobre las barreras existentes y proponga mejoras viables.
- Convocatoria de junta: para informar y aprobar las actuaciones. En algunos casos, no se requiere mayoría para actuar si lo solicita una persona con derecho y se cumple el límite de coste.
- Presupuesto y elección de empresa: comparar presupuestos y seleccionar una empresa especializada en accesibilidad en comunidades.
- Solicitud de ayudas o subvenciones: muchas administraciones públicas ofrecen líneas de ayuda para financiar parte de las obras.
- Ejecución y seguimiento de las obras: asegurarse de que los trabajos cumplen la normativa técnica y se entregan correctamente.
¿Hay ayudas disponibles?
Sí. Actualmente existen subvenciones para la mejora de la accesibilidad, tanto a nivel estatal (Plan de Vivienda) como autonómico o municipal. Estas ayudas pueden cubrir hasta un 75% del coste de las obras, dependiendo del caso.
En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, existen convocatorias anuales para financiar actuaciones de accesibilidad, rehabilitación y eficiencia energética. Consultar estas líneas de ayuda puede hacer que la inversión sea más asumible para la comunidad.
Beneficios a largo plazo
Cumplir con las normas de accesibilidad no es solo una obligación legal. También supone una mejora patrimonial y de calidad de vida para toda la comunidad:
- Mayor confort y seguridad para todos.
- Revalorización del inmueble.
- Mejora de la imagen y habitabilidad del edificio.
- Fomento de una convivencia más inclusiva.
Conclusión
Adaptar los portales de las comunidades de propietarios a las normas de accesibilidad es una inversión necesaria y rentable. Más allá del cumplimiento legal, se trata de garantizar el derecho a la movilidad y la dignidad de todas las personas.
Con una buena planificación, ayuda profesional y el apoyo de la comunidad, es posible transformar el edificio en un entorno más accesible, cómodo y moderno.